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200.000 euros de multa por esto que hemos hecho siempre con los perros: se acabó

Perros
Perro.
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

La Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, publicada en el BOE el 29 de marzo de 2023, ha establecido que la venta de perros, gatos y hurones en tiendas está prohibida desde el 29 de septiembre de 2024. Esta medida busca mejorar las condiciones de venta y bienestar de los animales. Ahora, sólo los criadores registrados y autorizados pueden vender estas mascotas, con la obligación de entregar un contrato de compraventa, asegurando que los animales se encuentren en buen estado de salud y con los tratamientos adecuados según su edad y especie.

Además, la ley establece que todas las ventas deben ser notificadas al Registro de Animales de Compañía en un plazo de tres días. Los perros y gatos deben tener al menos dos meses de vida antes de ser vendidos desde su núcleo zoológico de origen. Las infracciones a esta normativa conllevan sanciones severas, que oscilan entre 50.001 y 200.000 euros. El objetivo de esta regulación es proteger el bienestar animal, evitar la comercialización impulsiva y reducir así el abandono y los problemas asociados a la venta irresponsable.

Prohibida la venta de perros y gatos en tiendas

La Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, publicada en marzo de 2023 y en vigor desde septiembre del mismo año, prohíbe la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales. A partir del 29 de septiembre de 2024, las tiendas deben dejar de comercializar estos animales, tras un periodo de adaptación de 12 meses. Desde esa fecha, sólo los criadores registrados podrán vender estas especies, siempre bajo contrato escrito, asegurando el bienestar y los cuidados necesarios para los animales.

Además, las ventas deben ser comunicadas al Registro de Animales de Compañía en un plazo de tres días. Los animales deben contar con un estado sanitario óptimo y haber recibido los tratamientos correspondientes por edad y especie. Las infracciones a esta normativa conllevan sanciones severas, con multas que oscilan entre 50.001 y 200.000 euros.

Esta ley también incluye otras medidas importantes, como la identificación obligatoria mediante microchip para perros, gatos y hurones, y cursos de formación para futuros propietarios de perros. El objetivo de la normativa es reducir el abandono de animales y promover una tenencia responsable.

Ley de Bienestar Animal

Esta norma regula el trato y la dignidad que deben recibir los animales, buscando garantizar su bienestar y promover una convivencia respetuosa entre ellos y los humanos. La ley abarca tanto a los animales domésticos como a los silvestres en cautiverio, siempre y cuando se les mantenga en condiciones adecuadas.

Entre los puntos más importantes, se establece un «Listado positivo» de animales de compañía, el cual está pendiente de ser definido. Mientras tanto, se prohíbe tener ciertas especies, como artrópodos, reptiles venenosos, primates, mamíferos silvestres de más de cinco kilos, y especies incluidas en el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras. Quienes tengan estos animales deben informar a las autoridades dentro de los seis meses posteriores al 29 de septiembre.

Los perros, gatos y hurones deben estar identificados con microchip en el Registro de Identificación de Animales de Compañía. Además, la ley obliga a la esterilización quirúrgica de los gatos antes de los seis meses, a menos que estén registrados como reproductores. También se requiere que las aves sean anilladas al nacer.

Un aspecto clave es el curso obligatorio de formación para la tenencia de perros, que será gratuito y tendrá validez indefinida, aunque su contenido aún está por determinar. Asimismo, será necesario contratar un seguro de responsabilidad civil para los dueños de perros, pero este requisito aún no ha sido desarrollado reglamentariamente, a excepción de los perros considerados potencialmente peligrosos, que sí deben contar con un seguro mínimo de 120.000 €.

La ley también prohíbe ciertas prácticas, como el sacrificio injustificado, mutilaciones, mantener a los animales en malas condiciones o dejarlos sin supervisión durante largos periodos de tiempo. El objetivo general de la normativa es aumentar la protección de los animales y controlar su tenencia, ya que en España existen más de 13 millones de animales de compañía registrados, pero muchos aún no están legalmente identificados.

Sistema Central de Registros para la Protección Animal

El Sistema Central de Registros para la Protección Animal, adscrito al departamento ministerial correspondiente, busca coordinar los registros de animales a nivel autonómico. Estará compuesto por varios registros, como el de Entidades de Protección Animal, Profesionales de Comportamiento Animal, Animales de Compañía, Núcleos Zoológicos y Criadores.

Las comunidades autónomas deberán incorporar y actualizar la información de sus registros, siguiendo los criterios reglamentarios establecidos y garantizando la interoperabilidad con la Ley 40/2015. Este sistema permitirá a las comunidades autónomas acceder a la información para el ejercicio de sus competencias en materia de protección animal.

Para inscribirse en el Sistema Central de Registros para la Protección Animal, es obligatorio no estar inhabilitado penal o administrativamente en actividades relacionadas con animales. Reglamentariamente se definirá cómo acreditar este requisito y el proceso de transferencia de datos entre administraciones.

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